IVA soportado

Qué es: IVA soportado

Se identifica como IVA soportado a la cuota de este impuesto que se debe asumir cuando se adquiere un bien o un servicio, por parte de un empresario o autónomo.

Los únicos bienes y servicios que no hacen constar este IVA son los considerados exentos, según la ley de IVA de 1992.

El IVA soportado es aquél que es asumido por el profesional en una operación comercial, pero solo será IVA deducible el de aquellos bienes y servicios adquiridos con fines comerciales dentro de la actividad a la que se dedica.