Todo lo que necesitas para recuperar el IVA correctamente

Índice
Comparte este post en:

La Ley 37/1992 del 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido recoge que las empresas y autónomos tienen derecho a deducir el IVA de los pagos realizados por la compra de productos o servicios que tengan relación con su actividad empresarial.

Veamos cómo se lleva a cabo el proceso para recuperar el IVA correctamente, ya que, será necesario para ello tener en cuenta los requisitos y condiciones que exponemos a continuación.

¿Qué es el IVA repercutido, soportado y deducible?

El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es la tasa tributaria que debe pagar un consumidor final siempre que efectúe alguna compra de bienes o servicios.

Ahora bien, la Ley de IVA recoge que las empresas o autónomos tienen derecho a deducir este impuesto, siempre y cuando esté relacionado con su actividad económica o empresarial.

Para poder recuperar el IVA de un gasto derivado de la actividad laboral, es necesario tener la factura ordinaria donde se reflejen los datos obligatorios para su deducción.

Dentro de las operaciones comerciales se diferencian los siguientes IVA:

  • IVA repercutido: es el IVA de las facturas que emite una empresa por ventas de productos o prestación de servicios.
  • IVA soportado: es el IVA de las facturas recibidas por una empresa, bien sea por la compra de mercancías o por gastos deducibles.

Pues bien, las empresas o pymes restarán el IVA soportado del repercutido, con el fin de liquidar la diferencia ante la Agencia Tributaria.

Pero, hay que tener en cuenta que no todo el IVA soportado es deducible, ya que, deducir el IVA significa descontar lo que la empresa ha pagado en concepto de IVA de lo que ha recibido por ese mismo concepto, gracias a sus ventas.

Cuanto más IVA soportado puede deducirse una empresa, menor será la diferencia con el IVA repercutido.

La liquidación correspondiente al IVA se realiza mediante el Modelo 303 trimestral y Modelo 390 anual.

¿Cómo deducir el IVA soportado para recuperarlo?

Para poder recuperar el IVA soportado, se deben cumplir una serie de requisitos obligatorios.

Lo primero es tener claro si podemos deducir el IVA de un gasto como soportado, para ello debe:

  • Estar justificado documentalmente, en forma de factura.
  • El concepto de la factura debe estar vinculado con la actividad económica que se desarrolla.
  • El documento justificativo debe estar registrado contablemente y cumplir con la normativa si se quiere deducir.

Ahora bien, algunos gastos propios de las actividades económicas no pueden deducirse, ya que, no cumplen las normas para ser recuperados. Estos son los justificantes no válidos por falta de información, presentaciones fuera de plazo o errores en contabilidad.

¿Cómo cobrar la devolución del IVA?

Para cobrar la devolución del IVA, lo primero que hay que hacer es solicitarla. Para ello, hay que esperar al cuarto trimestre del ejercicio que corresponda, el cual, se presenta en enero del siguiente año al que declaramos, y marcar en el Modelo 303 la casilla “solicitar devolución”.

Este proceso administrativo tiene una duración de seis meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación voluntario del cuarto trimestre.

Una vez presentado, lo más probable es que Hacienda compruebe los datos que se han enviado con los reales, solicitando algunas veces, el libro registro de todas las facturas del ejercicio.

Es muy importante, que los gastos incluidos en el Libro de facturas recibidas estén relacionados a la actividad económica, además de estar convenientemente justificados.

También, puede ocurrir que durante el periodo de devolución de IVA no recibas ninguna notificación sobre la solicitud y se retrase al periodo legal. En tal caso, la Agencia Tributaria tendría que ingresar los intereses de demora correspondientes por no pagar en tiempo y plazo sin causa justificada.

Por ello, no es aconsejable que una pyme o empresa cuente con la devolución de IVA como un ingreso extraordinario, ya que, podría retrasarse más de los seis meses estipulados.

¿Puedo solicitar la devolución de IVA soportado sin ingresos?

Solicitar una devolución de IVA soportado en la que no exista IVA repercutido es una situación que podría darse siempre que sea justificable que dicho trámite se realiza con las expectativas futuras de generar ingresos que aún no se han producido.

Un ejemplo sería un arrendador de un local de negocio que pide la devolución del IVA de la comprar de un local que aún no ha alquilado, o los gastos de IVA en una construcción que no podemos vender hasta que se finalice.

Hay que tener en cuenta que siempre, lo más prudente sería esperar y reservar el IVA para restar de los futuros ingresos cuando éstos se produzcan y pedir su devolución.

Violeta González Fernandez
Violeta González Fernandez
Especialista en el análisis de operaciones comerciales y herramientas de gestión de tesorería, claves para garantizar liquidez a la pyme.
Compartir en:
Artículos relacionados