En nuestro blog ya hemos hablado varias veces sobre las múltiples ventajas que tiene una operación de Factoring. Ahora que ya hemos sentado las bases, sabemos qué es el factoring y cuáles son sus ventajas, es importante que abordemos en detalle cómo se contabilizan estas operaciones.
El Factoring es una fuente de financiación a corto plazo que facilita la liquidez de una empresa, consiguiendo disminuir el riesgo al impago.
Su funcionamiento se basa en el anticipo del cobro de las facturas emitidas a los clientes. Cuando ejecutamos una operación de factoring para recibir el anticipo del dinero, se genera un movimiento contable dentro de la actividad habitual de una empresa, ya que, se ceden los derechos de cobro a un tercero a cambio de un coste de gestión.
Por ello, a la hora de contabilizar una operación de factoring, no bastará con contabilizar dicha operación, sino que habrá que tener en cuenta lo que ocurre a fecha de vencimiento de cobro de la factura.
La cuenta contable específica donde vamos a registrar nuestra operación de factoring será la cuenta (432.0) Clientes por operación factoring.
Como existen dos tipos de factoring, con y sin recurso, se hace necesario diferenciar también la manera de contabilizar estas operaciones de factoring:
Contabilizar Factoring con recurso
La empresa es responsable del riesgo del impago del cliente, asumiendo la devolución del dinero recibido más los intereses.
Por lo tanto, para contabilizar el factoring con recurso hay que tener en cuenta que la empresa responde por su cliente hasta el vencimiento.
Supongamos con un ejemplo los pasos a seguir para contabilizar esta herramienta de financiación factoring:
La empresa X tiene un pagaré de 10.000 euros con vencimiento a 30 días y quiere anticipara su cobro. La comisión es del 0,5% y el tipo de interés del 2%.
1.- Reclasificación de la deuda tras solicitar el anticipo del pagaré.
10.000 € (432.0) Clientes por operación factoring
a (431.0) Clientes ef. comer a cobrar 10.000 €
2.- Anticipo del cobro de la factura
9739,50 € (572.0) Bancos e Inst. cred.
50,00 € (626.0) Servicios bancarios y similares
200,00 € (656.0) Intereses por descuentos
10,50 € (472.0) Hda. Pública IVA soportado 21% a
(5209.0) Deudas por operaciones factoring 10.000 €
a) ¿Qué ocurre si el cliente paga a fecha de vencimiento?
Se cancela la deuda y damos de baja el activo.
10.000 € (5209.0) Deudas por operaciones factoring
a (432.0) Clientes por operación factoring 10.000 €
b)¿Qué ocurre si el cliente no paga a fecha de vencimiento?
Se harían dos asientos contables:
- Reclasificación de la deuda tras el impago.
10.000 € (4315.0) Clientes ef. comer. Impagados
a (432.0) Clientes por operación factoring 10.000 €
- Cancelación deuda y devolución del dinero más los intereses y comisiones.
10.000 € (5209.0) Deudas por operaciones factoring
a (572.0) Bancos e Inst. cred. 10.000 €
Como puedes observar, la contabilización de operaciones de factoring con recurso son muy similares a las operaciones de contabilización de los descuentos de efectos, ya que, ante el impago, la empresa asume el riesgo en ambos casos.
Contabilizar Factoring sin recurso
Siguiendo el ejemplo anterior, la contabilización de un factoring sin recursos se hace así:
1.- Reclasificación de la deuda.
10.000 € (432.0) Clientes por operación factoring
a (431.0) Clientes ef. comer a cobrar 10.000 €
2.- Anticipo del cobro de la factura.
9739,50 € (572.0) Bancos e Inst. cred.
50,00 € (626.0) Servicios bancarios y similares
200,00 € (656.0) Intereses por descuentos
10,50 € (472.0) Hda. Pública IVA soportado 21% a
(5209.0) Deudas por operaciones factoring 10.000 €
En el caso de que la empresa factoring hubiese impuesto una condición o fianza adicional también habría que recogerlo contablemente.
La contratación de una herramienta factoring soluciona muchos problemas de liquidez de una empresa. En este ejemplo, la empresa X recibe de forma inmediata 9.739,50 € sin tener que esperar la fecha de vencimiento del pagaré, pudiendo hacer frente al pago del IVA repercutido.
Hasta ahora, hemos explicado cómo se contabiliza una operación factoring si eres el cedente, pero, ¿y si eres el deudor?
El deudor de una operación de factoring no tiene que hacer ninguna corrección en su contabilidad, simplemente tendrá que ejecutar el pago en la fecha de vencimiento. Lo único que hay que tener en cuenta es que, en lugar de pagarle al cedente lo hará a la entidad factoring, lo cual, no afecta a la contabilidad porque se trata de una salida de dinero de la cuenta contable (572.0) Bancos e Inst. cred.