Cambiarse de Comunidad de bienes a sociedad ¿Me conviene?

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Uno de los principales inconvenientes de las Comunidades de bienes es que sus miembros tienen una responsabilidad ilimitada y solidaria con respecto su condición de socio, salvo que se acojan al régimen de Emprendedor de Responsabilidad Limitada. Aun así, esto puede no ser suficiente en el caso de contraer deudas con un tercero.

Además, si la Comunidad de bienes obtiene beneficios, los socios tendrán que declararlos en su IRPF, llegando a tributar por esos beneficios un porcentaje más elevado que lo harían en el Impuesto de Sociedades.

Por ello, puede resultar más beneficioso cambiar la forma jurídica, y pasar de comunidad de bienes a sociedad anónima o limitada.

Diferencias entre comunidad de bienes y sociedad

La comunidad de bienes es una opción que se plantea un autónomo para asociarse con otros de una forma legal y sencilla. Es más, se recomienda para pequeños negocios que no exijan grandes inversiones.

Sin embargo, una sociedad solo necesita un único socio para constituirse, donde el capital inicial variará. Para el caso de sociedad limitada bastarán con 3.000 euros para crearla y dividirla en participaciones sociales, y para el caso de sociedad anónima se necesita un capital de 60.000 euros, el cual, debe estar desembolsado como mínimo en un 25%, es decir, 15.000 euros.

Por tanto, la elección de la forma empresarial de un negocio, se hará en función de la modalidad que sea más apropiada para él.

Como norma general, el cambio de Comunidad de bienes a sociedad debe hacerse cuando se pretenda realizar una actividad económica que genera altos beneficios, ya que, una sociedad ofrecerá ventajas a la hora de tributar por el Impuesto de Sociedades en lugar de IRPF.

Adicionalmente, una sociedad ofrece otras ventajas con respecto la Comunidad de bienes como son:

  • Los socios responden ante deudas con el patrimonio de la sociedad, y no con su patrimonio personal.
  • Tiene una gestión más complicada que la CB, pero se rige por el Impuesto de Sociedades, donde una sociedad limitada tributa al 25% por los primeros beneficios (hasta 120.202,41 euros), a partir de ahí sería el 30%, mientras que una CB puede llegar a tributar hasta el 47% (a partir de 300.000 euros) en IRPF.


Por tanto, es aconsejable cambiar de Comunidad de bienes a sociedad cuando el empresario esté percibiendo unos beneficios superiores a 40.000 euros y quiera invertirlos en la sociedad, además de querer proteger su patrimonio personal frente a las deudas de la sociedad.

Transformación de Comunidad de bienes a sociedad

El cambio de una Comunidad de bienes a sociedad limitada, por ejemplo, implica que se aporten los bienes de la comunidad a una sociedad ya creada o de nueva constitución.

Por tanto, esta transformación implica crear una sociedad limitada o sociedad anónima.

Para ello, habrá que elaborar unas escrituras públicas de constitución donde se recojan las aportaciones no dinerarias de los comuneros, que pasarán a ser socios, además de redactar unos nuevos estatutos acordes a la sociedad.

Según la situación concreta, puede resultar más interesante llevar a cabo la disolución de la Comunidad de bienes, ya que, ningún comunero está obligado a permanecer en una Comunidad si no quiere, por lo que, si decidiera salirse de la Comunidad de bienes, podría hacerlo libremente, y en este caso, sería necesario plantear la disolución, antes de convertirse en sociedad.

Es imprescindible que a la hora de tramitar la disolución de una Comunidad de bienes se paguen todas las deudas que haya vigentes, ya que, hay que tener en cuenta que la Comunidad de bienes no protege el patrimonio personal de los comuneros.

Para la disolución, bastará con firmar un contrato de disolución en escritura pública, donde se adjudiquen los bienes entre los comuneros, para el caso de no poseer bienes inmuebles la Comunidad de bienes, no sería obligatoria la escritura pública, bastaría con un contrato privado, el cual, hay que liquidar en la Agencia Tributaria autonómica y presentarlo en Hacienda y Seguridad Social.

Aspectos importantes al pasar de comunidad de bienes a sociedad

A la hora de hacer este cambio, existen aspectos que debes tener en cuenta, entre ellos: 

  • Mayor complejidad contable: debes llevar un mejor control de la contabilidad e incluso contratar a un experto para su confección y llevanza. 
  • Presentación de libros fiscales: Libro de facturas recibidas y emitidas, inversiones operaciones extracomunitarias, etc. 
  • Redactar en los estatutos la relación con los socios: funciones, porcentaje de participación y cualquier cláusula pertinente para prever cualquier disconformidad. 
  • Mayor inversión: aumenta el gasto para su correcta gestión y administración. 

Es recomendable, que si vas a transformar una comunidad de bienes a sociedad que cuentes con los servicios de una asesoría fiscal experta que te ayude a gestionar tu nueva sociedad. 

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