Los medios de cobro usados en el tejido empresarial son el conducto comúnmente aceptado por empresas o cualquier otra institución, para comprar bienes o contratar servicios.
Entre ellos, el cheque y el pagaré son documentos de cobro que, aunque parezcan muy similares, no son iguales. Su principal diferencia se basa en la fecha de cobro, aunque no será la única.
De ahí, que el cheque y pagaré sean dos medios de cobro financiero que se usen con mucha frecuencia entre empresas para realizar la retribución de los productos o servicios entregados.
A continuación, te contamos las diferencias que existen entre ellos.
¿Qué es un cheque y qué es un pagaré?
Un cheque es un documento de cobro o de pago que una persona emite a favor de otra, interviniendo las siguientes personas:
- Librador: quién emite el cheque y lo firma.
- Librado: es la entidad financiera que paga el importe del cheque.
- Beneficiario: quién cobra el cheque.
Por otro lado, el pagaré es un documento privado, en el cual, el emisor se compromete a pagar al beneficiario una cantidad de dinero en una fecha y lugar determinado, donde los participantes son:
- Emisor: quien se compromete a pagar el dinero.
- Beneficiario: quién recibirá el dinero.
Cabe destacar que algunas veces podría intervenir una tercera persona como avalista.
Similitudes y diferencias: cheque y pagaré
Con respecto a las similitudes, ambos suponen una orden de pago utilizada como un medio de cobro seguro de una cantidad adeudada. Se entrega por un emisor a un beneficiario al que se le autorizará a cobrar la cantidad de dinero indicada. Además, tienen una fecha de emisión y la firma del emisor manuscrita.
Y si analizamos sus diferencias, la principal entre ambos sistemas de pago es la fecha de cobro, ya que, el cheque puede ser cobrado desde el momento que se expide, mientras que el pagaré tendrá un lugar y fecha establecidos.
Otras diferencias son:
- Los beneficiarios de los pagarés deben ser emitidos para una persona física o jurídica, es decir, no se aceptan los llamados “al portador”, mientras que en los cheques sí existen.
- El pagaré puede ser avalado por terceros, contra los que se ejecutará el cobro en caso de impago, el cheque no.
- No existe un tipo de pagaré que garantice que haya fondos, mientras que el cheque conformado sí lo hará.
Garantías del cheque y pagaré frente a otros sistemas de pago
Lo más recomendable para una empresa es conseguir que el cliente use un medio de pago como el cheque o pagaré, para cobrar la mercancía en el momento de su entrega. En caso de no ser así, hay que obtener algún instrumento de cobro lo antes posible.
Se aconseja, que cuando el medio de pago sea aplazado, el comprador entregue pagarés por la totalidad de la deuda contraída, de manera que el proveedor se vea forzado por ley poder reclamar el pago al acreedor con muchas más garantías de éxito de cobro.
El hecho de tener en posesión un crédito documentado, es igual que un reconocimiento de deuda firmado por el deudor, el cual, en caso de impago será mucho más fácil poder cobrarlo. Esto es debido a que un documento de pago sin fondos implica un mayor grado de incumplimiento por parte del deudor.
De esta manera, la situación del deudor moroso es evidente y por ello el acreedor podrá ejercer una mayor presión en el momento de exigirle el pago de la deuda.
En caso que un cliente retrase el pago de facturas vencidas, es recomendable pedir un aplazamiento o solicitar abonar de forma fraccionada la deuda, además de la entrega de pagarés para reforzar los derechos de cobro del vendedor.
El cheque o talón es uno de los medios de pago más usados entre profesionales o empresas. En el año 2019 lo usaba el 45% del sector empresarial. Actualmente ese porcentaje se ha visto disminuido frente a los nuevos sistemas de pagos que han surgido consecuencia de la implantación de nuevas tecnologías.
Por tanto, el derecho de cobro es para las empresas una garantía legal, oficial y reglada para asegurar el derecho a recibir la cantidad adeudada por alguna operación comercial o económica desarrollada, teniendo que cumplir ese compromiso futuro de abonar la venta o el servicio prestado como garantía de pago mediante la emisión de un pagaré o un cheque, u otros medios de pago.